Obras sociales y prepagas brindarán cobertura para alimentos libres de gluten
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A partir de una resolución del Ministerio de Salud de la Nación Obras sociales y prepagas brindarán cobertura para alimentos libres de gluten destinados a celÃacos |
Las personas que sufren celiaquÃa –una enfermedad crónica provocada por la intolerancia al gluten, que está presente en el trigo, la avena, la cebada y el centeno (T.A.C.C)– recibirán a partir de ahora cobertura por parte de obras sociales y prepagas para afrontar parte del costo de los productos alimenticios que deben consumir por indicación médica.
Asà fue establecido por la Resolución Nº 407/2012 del Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Juan Manzur, publicada hoy en el BoletÃn Oficial. Según determina la norma, "las entidades alcanzadas por el ArtÃculo 9° de la Ley 26.588 deberán brindar a cada persona con celiaquÃa cobertura en concepto de harinas y premezclas libres de gluten por un monto mensual de $ 215", importe que "deberá actualizarse periódicamente".
"Estamos dando un paso más en el camino de brindar respuestas y ampliar el acceso a la salud, y en este caso a los alimentos para los celÃacos", indicó Manzur, quien agregó que "se sabe, y era una demanda de las personas afectadas por esta enfermedad, que en el mercado las harinas que ellos pueden consumir son relativamente más caras que las convencionales, por eso tomamos una decisión que va a aliviar a las familias que deben sobrellevar este problema".
Manzur inscribió la medida en una polÃtica más amplia, vinculada a "la reglamentación de la Ley de CeliaquÃa (26.588) por parte de la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, que garantizó a los pacientes celÃacos mejores estándares de calidad alimentaria y el acceso al diagnóstico y tratamiento oportuno".
El año pasado, con la reglamentación de la Ley, fueron oficialmente incorporadas al Programa Médico Obligatorio (PMO) prácticas de pesquisa para la detección de la celiaquÃa a través del marcador sérico IgA y la biopsia del duodeno proximal para el diagnóstico de dicha enfermedad.
También se avanzó en la aprobación de un logo oficial para la identificación de los alimentos sin T.A.C.C., sÃmbolo que fue consensuado con las organizaciones de la sociedad civil que se dedican a esta problemática, a través del trabajo de la Comisión Nacional de Alimentos.
La celiaquÃa, que en Argentina afecta a alrededor de 500 mil pacientes, es una enfermedad intestinal crónica que se caracteriza por la intolerancia al gluten, una proteÃna que se encuentra en el trigo, la avena, la cebada y el centeno (T.A.C.C). Se trata de una afección hereditaria y autoinmunitaria que debilita la capacidad del intestino para absorber los nutrientes en forma adecuada, provocando sÃntomas intestinales, retraso de crecimiento en niños, retraso del desarrollo y de la pubertad y talla baja, entre otras afecciones.
La resolución establece que tanto las obras sociales como las empresas de medicina prepaga podrán establecer las maneras en las que darán cumplimiento a la misma. "Cada una de las entidades podrá establecer las formas y modalidades de cumplimiento de la cobertura mencionada", señala en su artÃculo 2°.
La medida se justifica en el hecho de que la reglamentación de la Ley 26.588, a través del Decreto 528/11, obliga a las entidades mencionadas a brindar una cobertura a sus afiliados del 70 por ciento de la diferencia del costo de harinas y premezclas libres de gluten de aquellas que sà lo poseen.
El mismo decreto dispuso además que el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que depende de la cartera sanitaria, fuera el encargado de establecer las cantidades de harinas y premezclas que deben consumir los celÃacos en base a criterios nutricionales, las cuales deben ser cubiertas mensualmente.
"El INAL indicó –en un estudio avalado por la Sociedad Argentina de Nutrición- el consumo recomendado, por dÃa y por persona, de harinas libres de gluten y de premezclas para elaborar alimentos libres de gluten", señala el texto de la resolución, que agrega que "a los fines de establecer los costos mensuales a cubrir por todas las entidades alcanzadas por la normativa, la Dirección de EconomÃa de la Salud (de la cartera sanitaria nacional) elaboró un informe con una estimación de los costos adicionales que deben afrontar las personas con enfermedad celÃaca debido a que se enfrentan a alimentos con precios más elevados".
La Ley 26.588 declaró de interés nacional la atención médica de la enfermedad celÃaca, al igual que la investigación clÃnica y epidemiológica; la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad; y la difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.
La celiaquÃa, un problema que afecta a 500 mil argentinos
El Estado nacional, a través del Ministerio de Salud, viene trabajando en una estrategia para contribuir a la detección y el tratamiento de la enfermedad y favorecer el control de los alimentos. Para ello, la cartera sanitaria creó en 2007 el Programa Nacional para la Detección y Control de la Enfermedad CelÃaca, con el objetivo de –tal como lo establece la ley– difundir la prevención, promover una alimentación saludable, favorecer la detección temprana de la enfermedad y el control de los alimentos.
En el proceso de reglamentación de la norma, la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) avanzó en 2010 en la definición de los alimentos libres de gluten (sin T.A.C.C) que consta en el Código Alimentario Argentino, los cuales deben contener hasta 10 miligramos por kilo de alimento para ser considerados como tales y poder ser consumidos por pacientes celÃacos. AsÃ, Argentina se transformó en el paÃs con el más alto estándar de calidad alimentaria para los enfermos celÃacos, ya que en la mayorÃa de las naciones el valor es de hasta 20 miligramos por kilo de alimento.
Fuente: Coordinación General de Información Pública y Comunicación, Ministerio de Salud de la Nación |
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